PREVENCIÓN
dirección de prevención
ACTIVIDADES Y RESPONSABILIDADES QUE DEBE CUMPLIR:
1. Ejercer vigilancia y asesoramiento técnico a los inspectores y coordinadores bajo su mando.
2. Planificar y distribuir el trabajo diario correspondiente a cada inspector y coordinador.
3. Realizar inspecciones y extender citaciones cuando se consideren necesarias.
4. Emitir los permisos de funcionamiento, anuales y ocasionales, los permisos de ocupación, los vistos buenos de revisión de planos y supervisión del cumplimiento de planos y otros que se establezcan en la Ley de Defensa Contra Incendios y sus Reglamentos.
5. Aprobar los planes de emergencia y contingencia de acuerdo a lo que se establezca en la normativa correspondiente.
6. Solicitar al Nivel Ejecutivo se tramite, ante el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santo Domingo, la clausura temporal o definitiva, o suspensión de permisos de funcionamiento, de aquellos locales que no cumplan con las medidas de prevención de incendios señaladas por la legislación vigente.
7. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento de Normas de Prevención de Incendios.
8. Llevar a efecto campañas de prevención de incendios a través de los medios de comunicación social, dirigidas a todos los niveles de la vida comunitaria.
9. Asesorar técnicamente en la capacitación sobre conocimientos de los elementos de prevención de incendios en: fábricas, industrias, escuelas, colegios y en aquellos locales con riesgo de incendio u otras emergencias.
10. Despertar en la sociedad la consciencia de los peligros que representan los incendios y sus consecuencias.
11. Llevar estadísticas de los servicios prestados por el CB-GADM-SD, así como de las inspecciones y demás labores inherentes a sus funciones.
12. Llevar a cabo investigaciones independientes sobre casos de incendios y otras emergencias, ya sea de oficio o a solicitud de autoridades policiales y/o judiciales.
13. Otras que sean definidas en los Manuales y Reglamentos Internos.